martes, 17 de abril de 2007

CARACTERISTICAS DE MORAL Y DERECHO

MORAL
  • Autonomía: Nos son obligatorias a lo que sancion se refiere
  • Unilateralidad: Tu las aplicas
  • Interioridad: viene del sentimiento del individuo
  • No obligatoria: No tienen sanción al no cumplirse

DERECHO

  • Heteronomía: Son impuestas al individuo por el poder publico
  • Bilateralidad: Te otorga facultades y obligaciones
  • Exterioridad: Solo cuentan los actos externos del individuo
  • Obligatoria: Tienen que respetarse o abra una sancion

4 comentarios:

Sandra Sánchez Moreno dijo...

El derecho se caracteriza principalmente por su bilateralidad (enfrentar un sujeto contra otro, llamando al vínculo que une a uno con otro se llama relación jurídica) y su característica principal es la COACTIVIDAD!!! importante dato que falta

Unknown dijo...

La norma que dicta la moral y el derecho, es equilibrado.Las características son similares en aspectos comunes, como el de llegar a un trato legal y justo.Tanto bajo las normas jurídicas como el de un trato moral aceptable.

Unknown dijo...

La norma que dicta la moral y el derecho, es equilibrado.Las características son similares en aspectos comunes, como el de llegar a un trato legal y justo.Tanto bajo las normas jurídicas como el de un trato moral aceptable.

Unknown dijo...

El derecho regulariza el comportamiento externo de las persona en sociedad, la moral se enlaza con el derecho por el deber, obligación y culpa.